Tiene la presente finalidad de informar de la importancia del registro de la Marca.
La Marca es un señal o expresión destinado a individualizar los productos o servicios de una empresa, con el carácter evocativo de la procedencia del producto o servicio, distinguirlos de sus concurrentes Por lo tanto el primer paso para que su marca pase a tener valor como un atractivo permanente, tiene que hacer el registro en el INPI ( Instituto Nacional de la Propiedad Industrial), lo que le permite exclusividad para el uso de la marca en todo territorio nacional y, por consiguiente, protección de su patrimonio.
Es importante destacar que el uso de determinada marca por una empresa no asegura su protección absoluta Se exige el registro en el INPI, para la validad de los derechos relativos a su propiedad, siendo necesario identificar, el comercio, los productos o servicios prestados por la sociedad de acuerdo con su objetivo social.
De acuerdo con la Ley nº 9.279 de 14/05/96 (Ley de Propriedad Industrial) y o Alto Normativo de INPI nº 150 de 09/09/99 fue instituída la classificación internacional de produtos y servicios para registro de marcas, adoptando la classificación de Nice, acompañada de normas generales y de notas explicativas, conteniendo 45 clases.
Son cuatro los tipos de marcas, a saber:
-Nominativa – solamente el nombre, sin ninguna figura.
-Figurativa – solamente la figura, sin cualquiera letra.
-Mixta – Es la unión de nombre con la figura.
-Tridimensional – Constituida por la forma plástica de producto o embalaje, que tenga capacidad autentica en si misma, disociada de cualquier efecto técnico.
Las etapas para efectuar un registro de marca son:
Fase 1: BUSQUEDA
Una pesquisa demarca, por clase de producto o servicio, junto al Banco de Dados deberá ser realizada , para levantamiento de las posibles igualdades de marca queexistan, y que puedanimpedir el éxito del registro.
Fase 2: DEPÓSITO
Si el resultado de la búsqueda no presenta ninguna igualdad, podrá efetuarse el pedido de registro de marca en el órgano competente .
DOCUMENTOS NECESARIOS
- Copiado Numero do Registro da empresa;
- Cópiadel Contrato/Estatuto Social y Alteraciones;
- Poder (padrón) firmado;
- Marca - Logotipo o nombre a ser registrado;
- Declaración de Micro Empresa (si es el caso).
Después del depósito del pedido de registro, inmediatamente será encaminado el protocolo original del pedido de registro de la marca.
Son cuatro los tipos de marcas, a saber:
- Nominativa – solamente el nombre, sin ninguna figura.
- Figurativa – solamente la figura, sin cualquiera letra.
- Mixta – Es la unión de nombre con la figura.
- Tridimensional – Constituida por la forma plástica de producto o embalaje, que tenga capacidad autentica en si misma, disociada de cualquier efecto técnico.
Fase 3: PUBLICACIÓN DEL PEDIDO
Después de aproximadamente tres meses el INPI ira promover la publicación del pedido en la revista de la Propiedad Industrial (RPI), en la forma del artigo 158 de la LPI, se tornando publica la marca en carácter formal, iniciando, entonces, un plazo de 60 días para eventuales interposiciones de oposiciones por parte de terceros que se cintanperjudicados, y con posibilidad de respuesta.
Fase 4: APROVACIÓN
Después de la publicación, avenido o no oposiciones, el pedido de registro será sometido al examen de registrabilidad, y caso cumpla estos requisitos será publicada su aprovación en la RPI.
Después de su aprobación , se inicia un plazo de 60 días, para que el titular efectué el pago y la comprobación de la retribución relativa a la protección del primer decenio, para expedición del certificado del registro de la marca, con validad de 10 años en todo el territorio nacional.
Fase 5: REGISTRO CONCEDIDO
Después de cerca de 2 años del pago de los aranceles previstos en la fase anterior, será concedido el registro a través de una nueva publicación en la RPI ( Revista de la Propiedad Industrial). Esto significa que el INPI ( Instituto nacional de la Propiedad Industrial) concedió el derecho de la utilización de la marca requerida con exclusividad en la clase indicada. Pero, aún se abre un plazo para que terceros se juzguen perjudicados, e inicien un procedimiento de nulidad administrativa del proceso. En este caso, cabrá una contestación, siempre dentro del plazo estipulado, que es de 60 días a contar de la data de la publicación en la RPI ( Revista de la Propiedad Industrial).
Fase 6: ACOMPAÑAMIENTO Y PRORROGACIÓN.
Después de la concesión del registro se hace necesario el acompañamiento de su marca durante el primer decenio. Este acompañamiento es hecho semanalmente a través de la lectura de la RPI.
Para ese acompañamiento, cobramos honorarios por ocasión de la entrega Del certificado. Se debe resaltar, que ese pago visa acompañar por 10 años el registro con el aviso oportuno de la época de prorrogación e eventuales movimientaciones procesualesocurridas en este período.
OTRAS FASES
Cumple resaltar que la descripción arriba es para el andamiento normal de un pedido de registro de marca, todavía, el proceso pondrá sufrir exigencia, oposiciones y recursos o hasta mismo ser considerado momentáneamente irregistrable o indeferido, siendo que para cada una de estas situaciones es posible tomar la providencia necesaria, que tendrá costo extra, de acuerdo a la lista de aranceles y honorarios vigente en la época de la autorización del servicio.